El equipo de gobierno del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo ya ha concluido el documento de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que reorganiza la estructura del personal de los diferentes servicios municipales del Consistorio. Se trata de un instrumento técnico que configura las labores de toda la plantilla, dividida en áreas y departamentos y que llega después de más de 20 años de negociaciones con las fuerzas sindicales.
Con la tramitación de esta RPT se desbloquea un proceso que se inició en 2001, cuando se aprobó por primera vez el contrato para elaborar la Relación de Puestos de Trabajo, para posteriormente volverse a adjudicar a diferentes empresas en 2010, 2012 y 2016, siendo esta última la que ha elaborado el documento que ahora se ha concluido por parte del equipo de gobierno.
La RPT se basa en unos criterios técnicos objetivos sobre los que se asienta la gestión de los recursos humanos del Ayuntamiento, teniendo en cuenta que no se tiene en consideración a la persona que ocupa el puesto de trabajo, sino al puesto en sí, es decir, las labores que se deben realizar y no tanto quién las ejerce.
La estructura de la RPT se centra en fichas exhaustivas en las que se incluye información como el complemento de destino o el específico, el tipo de puesto (singularizado, indistintamente si es personal eventual o funcionario o no singularizado) y la forma de provisión (libre designación o concurso).
Este documento, organizado en perfiles de cada puesto, organigramas, valoraciones y fichas de cada uno de ellos, está configurado en virtud de las áreas municipales a las que se circunscribe cada puesto: Alcaldía, Secretaría, Económica-Financiera y Concejalías.
Las relaciones de puestos de trabajo fueron introducidas por primera vez en el ordenamientojurídico por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Así, concarácter básico, el artículo 16 (expresamente derogado por la Disposición Derogatoria Única de la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público) señalaba que «las comunidadesautónomas y la Administración local formarán también la relación de los puestos de trabajo existentes en suorganización, que deberá incluir, en todo caso, la denominación, tipo y sistema de provisión de los puestos,las retribuciones complementarias que les correspondan y los requisitos exigidos para su desempeño. Estasrelaciones de puestos serán públicas».
Este último documento comienza a fraguarse en el año 2017, cuando la empresa adjudicataria inicia el trabajo para elaborarlo con continuas reuniones con trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de San Andrés. En 2019 se retoma el proceso por parte de la compañía, pero la pandemia paraliza su elaboración, y es en noviembre de 2021 cuando entrega un primer borrador formal, abriendo a los empleados y empleadas la posibilidad de presentar alegaciones.
En mayo de 2022 se traslada el documento que se lleva a las mesas sectoriales de la RPT, que tras ocho reuniones, los representantes de los trabajadores y trabajadoras estiman que es la propia plantilla quien tiene que presentar las alegaciones definitivas a la Relación de Puestos de Trabajo, por lo que se abre un nuevo plazo hasta el 27 de febrero, con un centenar de ellas finalmente presentadas. Una vez que han sido analizadas y estimadas por parte de la empresa y el equipo de gobierno, el documento definitivo se ha remitido a la Secretaría municipal para que elabore un informe jurídico al respecto, así como a los representantes sindicales para que tengan conocimiento formal.
El siguiente paso será que la RPT sea informada por Intervención, y si tanto este departamento como Secretaría elaboran informes favorables y sin reparos, el pleno municipal debatirá su aprobación y, posteriormente, se someterá a exposición pública.